Seguridad Ciudadana

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Reglamentación sobre el Mal Uso de Servicios de Telecomunicaciones y Uso de Equipos Terminales Móviles Robados o Hurtados
  • La normativa que aborda los fraudes en las líneas telefónicas con respecto a actividades delictivas es el Código Penal Brasileño, aprobado por el Decreto Ley Nº 2.848 de fecha 07 de diciembre de 1940. En el ámbito regulatorio, existen dos normas como medidas preventivas:
    – Reglamento del Servicio Móvil Personal (SMP), aprobado mediante Resolución Nº 477, de 7 de agosto de 2007.
    – Reglamento de Servicio Telefónico Fijo Conmutado (STFC), aprobado por la Resolución N ° 426 del 09 de diciembre 2005.
Reglamentación relacionada al uso de equipos terminales móviles robados o hurtados
  • Los temas sobre hurto o robo se encuentran contemplados en el Código Penal Brasileño. De otro lado, ANATEL ha reglamentado que el consumidor debe comunicar el robo del equipo a la prestadora, solicitando el bloqueo del servicio y también la inclusión del aparato en el CEMI (Cadastro Nacional de Estações Móveis Impedidas), a fin de impedir la utilización del aparato celular, en todo lo Brasil.

Regulatel – Grupo de trabajo