Seguridad Ciudadana

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Reglamentación sobre el Mal Uso de Servicios de Telecomunicaciones y Uso de Equipos Terminales Móviles Robados o Hurtados
  • Reglamento General del Servicio Telefónico (Res. No. 003-13, del 22 de enero de 2013), Art. 8, ordinal f.
  • Norma sobre el mecanismo de control para detectar, prevenir y sancionar la activación de teléfonos sobre el mecanismo de control para detectar, prevenir y sancionar la activación de teléfonos móviles que son objeto de sustracción o extravío (Resolución N° 137-09 de INDOTEL del 21 de diciembre de 2013).
Reglamentación relacionada al uso de equipos terminales móviles robados o hurtados
  • Esta norma crea el Sistema de Series Negadas (SSN, ver Art. 2 Res. 137-09) el cual incluye de forma inmediata,automática y en tiempo real, los datos requeridos respecto al equipo móvil que sea reportado por su respectivo propietario o usuario como sustraído, extraviado o liberado ante la Prestadora de Servicios Públicos de Telefonía Móvil en la cual haya activado el mismo, o ante el INDOTEL, cuando aplique. El referido Sistema de Serie Negadas (SSN) podrá ser consultado en cualquier momento y de manera inmediata por el INDOTEL y las Autoridades de Seguridad Nacional. Igualmente podrá ser consultado por las Prestadoras de Servicios Públicos de Telefonía Móvil, sus representantes, revendedores, distribuidores o cualquier persona autorizada. En el mes de febrero de 2017, en el Portal Web de nuestra institución, existe una aplicación de consulta de IMEI´s que hayan sido reportados y el mismo dispone de herramientas para detectar si el equipo fue robado o extraviado fuera del país, detallando las especificaciones tecnicas del aparato a consultar.

Regulatel – Grupo de trabajo