Marco Jurídico

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Regulación Específica en Materia de Protección a Usuarios de Servicios de Telecomunicaciones
  • Constitución Política de Bolivia (CPE 27/01/2009).
  • Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación (Ley 164, del 08 de agosto de 2011).
  • Reglamento de la Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación (Decreto Supremo 1391, de fecha 24/10/2012).
  • Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial – SIRESE (Decreto Supremo 27172, de fecha 15/09/2003).
  • Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio del Sector de Telecomunicaciones (Decreto Supremo 25950, de fecha 20/10/2000).
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Normas de Protección al Consumidor y su Aplicación al Sector Telecomunicaciones
  • Ley General de los Derechos de las Usuarias y los Usuarios y de las Consumidoras y Consumidores (Ley Nº 453, 6 de diciembre de 2013).
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Derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones para personas con discapacidad En la Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación (Ley 164), se establece lo siguiente:

  • Que entre las condiciones generales del contrato se debe garantizar, entre otros, el adecuado acceso a los servicios para las personas en situación de discapacidad.
  • Que la usuaria o usuario en situación de discapacidad y persona de la tercera edad debe disponer de facilidades para el acceso a los servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, determinados en reglamento.

Regulatel – Grupo de trabajo