Supervisión

País Supervisión del Marco Normativo de Protección a Usuarios Sanciones Impuestas
Argentina – Proyecto Reglamento de Calidad de los Servicios de Comunicaciones Móviles (Resolución SC N° 12/2013; propone un modelo y establece el proceso de consulta pública y audiencias en el interior del país). No especifica
Bolivia 1. Reglamento de la Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación (DS 1391)
2. Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio del Sector de Telecomunicaciones (DS 25950)
No especifica
Brasil Sin información Sin información
Chile No especifica No especifica
Colombia – En cuanto a las condiciones de calidad en los servicios de telecomunicaciones, la Ley 1341 (por la cual se definen los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las tecnologías de la información y las comunicaciones – TIC, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones) establece que la Autoridad de Vigilancia y Control es el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
– Actualmente las condiciones regulatorias de calidad aplicables a los diferentes servicios se encuentran contenidas en la Resolución CRC 3067 de 2011 (puede consultarse una versión actualizada que incluye las modificaciones que se han realizado posteriormente, aquí:
http://www.crcom.gov.co/?idcategoria=62907&download=Y ).
– Teniendo en cuenta que la CRC no ostenta facultades de Vigilancia y Control, no es posible hacer referencia a los mecanismos de supervisión y/o las sanciones impuestas. No obstante debe tenerse en cuenta que la metodología de medición y reporte de los indicadores de calidad para los diferentes servicios se encuentra definida en la Resolución antes mencionada, y en base a ella el Ministerio de TIC adelanta las actividades de Vigilancia y Control, en ejercicio de sus competencias.
– Los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones tienen la obligación de hacer pública la información de los indicadores de calidad en sus páginas Web. Así mismo, la CRC publica los indicadores de calidad que son reportados por ellos
(ver enlace: http://www.crcom.gov.co/calidadmovil ).
Para obtener información consultar a la Dirección de Vigilancia y Control del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones:
http://www.mintic.gov.co/portal
/604/w3-propertyvalue-554.html
Costa Rica Sin información Sin información
Cuba – La normativa que define las funciones del Ministerio de Comunicaciones (MINCOM), es el Acuerdo 7380/2013 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, el cual establece la facultad para supervisar el marco normativo vigente de las telecomunicaciones.
– Existen normativas de calidad específicas para los diferentes servicios, por ejemplo:
(i) Decreto 321/2013 (Concesión a ETECSA),
(ii) Resolución 121/2007 (Indicadores de Telecomunicaciones de ETECSA),
(iii) Resolución 165/2012 (Indicadores de Calidad de Transmisión de Datos),
(iv) Resolución 175/2013 (Indicadores de Calidad del Servicio de Radiodifusión).
No especifica
Ecuador – La Ley Especial de Telecomunicaciones confiere a la SUPERTEL la potestad de efectuar el control de los operadores de servicios de telecomunicaciones, así como de hacer cumplir las Resoluciones dictadas por el CONATEL.
– Normas Técnicas que establecen parámetros de calidad:
(i) Telefonía Fija: Resolución TEL-043-01-CONATEL-2014 de 10 de enero de 2014
(ii) Servicio Móvil Avanzado (SMA): Resolución TEL-042-01-CONATEL-2014 de 10 de enero de 2014
(iii) Servicios de Valor Agregado (SVA): Resolución 216-09-CONATEL-2009 de 29 de julio de 2009
(iv) Servicios Portadores: Resolución 282-11-CONATEL-2002 de 22 de mayo de 2002
(v) Servicios de Telecomunicaciones Finales por Satélite: Resolución 168-08-CONATEL-2010 de 7 de mayo de 2010
(vi) Servicios de Audio y Video por Suscripción: Resolución RTV-599-21-CONATEL-2012 de 12 de septiembre de 2012 mediante el cual reformó el Reglamento de Audio y Video por Suscripción (en su Art 45, constan los parámetros de calidad de este servicio).
Ver en Página web de la SUPERTEL:
www.supertel.gob.ec
El Salvador No cuenta con marco normativo. No especifica
España – Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones. Artículo 50 No especifica
Guatemala No se cuenta con normativa específica sobre este tema. No especifica
Honduras 1. Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones,
2. Acuerdo N° 89/97. Publicado el 02.08.1997 y su modificatoria (Acuerdo N° 141-2002, publicado el 26.12.2002).
3. NR004/02 que establece el procedimiento interno en que se debe formular la denuncia,
4. Ley de Procedimiento Administrativo
– No se ha registrado ninguna sanción económica por concepto de denuncia del usuario.
Italia – Código de las Comunicaciones Electrónicas (Art. 53 y Art. 72), sobre Servicio Universal y Calidad del Servicio. http://www.agcom.it/documents/10179/
1260250/Delibera+120-14-CONS/
bfd01749-366a-4581-9cd5-7d812215fa61?version=1.2
http://www.agcom.it/documents/10179/
540195/Delibera+36-14-CONS/
96bbbbf2-cba6-4125-84b0-c6ade1331963?version=1.0
http://www.agcom.it/documents/10179/
540017/Delibera+231-13-CONS/
f5ce4c4a-7ff8-4c2d-83cb-dcf754ea31e3?version=1.0
http://www.agcom.it/documents/10179/
540017/Delibera+230-13-CONS/
0c57f313-2b94-466e-be34-36917ada8f4e?version=1.0
http://www.agcom.it/documents/10179/
540017/Delibera+229-13-CONS/
c96bd72b-951a-45ff-9c2c-b70924ee3b33?version=1.0
http://www.agcom.it/documents/10179/
540017/Delibera+228-13-CONS/
e71da7ff-395d-494a-b12b-7813b4c40448?version=1.0
México 1. Plan Técnico Fundamental de Calidad del Servicio Local Móvil, publicado en el Diario Oficial de la Federación en agosto de 2011.
2. Metodología de mediciones del Plan Técnico Fundamental de Calidad del Servicio Local Móvil, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 2012.
No especifica
Nicaragua Sin información Sin información
Panamá No se ha elaborado normativa referida al tema. No especifica
Paraguay No se ha elaborado normativa referida al tema. No especifica
Perú 1. Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones (D.S. Nº 013-93-TCC)
2. Reglamento General del OSIPTEL (D.S. Nº 008-2001-PCM).
3. Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones (D.S. Nº 020-2007-MTC).
4. Texto Único de Procedimientos Administrativos del OSIPTEL –TUPA (D.S. Nº 017-2009-PCM.
5. Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley 27332.
6. Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del OSIPTEL, Ley 27336.
7. Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley 27444.
8. Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, aprobado mediante Resolución Nº 087 –2013-CD/OSIPTEL.
9. Texto Único Ordenado del Reglamento de Información Confidencial del OSIPTEL, aprobado mediante Resolución N° 178-2012-CD/OSIPTEL.
Estas normas son utilizadas con sus correspondientes modificatorias
– Multas impuestas:
http://www.osiptel.gob.pe/WebSiteAjax/
WebFormGeneral/supervision/wfrm_multas.aspx
– Medidas correctivas
http://www.osiptel.gob.pe/WebSiteAjax/
WebFormGeneral/supervision/wfrm_medidas.aspx
– Acciones de supervisión
http://www.osiptel.gob.pe/WebSiteAjax/
WebFormGeneral/supervision/wfrm_procedimientos.aspx
– Registro de sanciones
http://www.osiptel.gob.pe/WebSiteAjax/
WebFormGeneral/Plantillas/
wfrm_Plantilla_Informacion_PrimerNivel.aspx?CC=637&CS=1529&RI=titulo_supervisiones.jpg&NN=1
Portugal 1. Qualidade de serviço do serviço universal de comunicações eletrónicas – Decisão sobre as condições e especificações de cada uma das prestações que constituem o serviço universal no âmbito do processo de designação do(s) prestador(es) do serviço universal de comunicações eletrónicas ( deliberação de 7 de fevereiro de 2012, alterada pelas deliberações de 23 de março, 5 de julho de 2012, 19 de agosto de 2013 e de 30 de janeiro de 2014), a qual está vertida nos contratos assinados entre o Estado e os prestadores do Serviço Universal
2. Regulmento de Qualidade de Serviço: http://www.anacom.pt/
render.jsp?contentId=983509
3. La Ley de Comunicaciones Electrónicas (Ley N º 5/2004 del 10 de febrero de 2004 y sus modificatorias1/) (cfr. Art. 5.º/1/c) e n.º4).
4. Estatutos do ICP-ANACOM (aprovados pelo Decreto-Lei n.º 309/2001, de 7 de dezembro e alterados pela Portaria n.º 126/2002, de 9 de fevereiro).
No especifica
Puerto Rico Sin información Sin información
República Dominicana No contamos con regulación al respecto. En la actualidad el INDOTEL se encuentra el trabajando en la elaboración del Reglamento de Calidad de Servicios. No especifica
Venezuela La Comisión Nacional no cuenta con una normativa que atribuya la facultad de supervisión. La Comisión Nacional no cuenta con una normativa que atribuya la facultad de supervisión.

Regulatel – Grupo de trabajo