Dispositivos Legales que Regulan el Procedimiento de Reclamo de Usuarios de Servicios de Telecomunicaciones
Reglamento para la Solución de Controversias entre los Usuarios y las Prestadoras de los Servicios Públicos de las Telecomunicaciones.
Etapas y Plazos del Procedimiento de Reclamo de Usuarios de Servicios de Telecomunicaciones
Primera Instancia:
El usuario dispone de tres (03) meses para iniciar su reclamación ante la prestadora del servicio,
El operador cuenta con 15 días calendario para dar respuesta por escrito a las reclamaciones por facturación y 07 días calendarios para los demás casos.
En caso el usuario no recibiera respuesta o si ésta no le satisface, dispone de 45 días calendario para formalizar su reclamación ante el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL). Segunda Instancia:
El INDOTEL notificará a la prestadora en cinco (05) días calendario y ésta dispondrá de diez (10) días calendario para remitir respuesta a INDOTEL.
El INDOTEL dará a conocer la respuesta al usuario en tres (03) días calendarios.
En Caso de que no se logre un acuerdo, se enviará el caso a la Secretaría de los Cuerpos Colegiados, quienes se pronunciarán en última instancia administrativa.
Procedimientos Alternativos de Solución de Conflictos
Reglamento para la Solución de controversias (Res.013-17 Modificado por la Res.047-17 del 15 de junio de 2017 Art. 28 establece procedimiento de conciliación. En esta fase conciliatoria, se busca que las partes intenten llegar a una solución amistosa de sus diferencias; en caso contrario, los Cuerpos Colegiados – organismos facultados legalmente, en virtud del artículo 79 de la Ley General de Telecomunicaciones No.153-98 – tomarán conocimiento de dichos reclamos (Reglamento Orgánico Funcional de los Cuerpos Colegiados, Res. No. 046-03 del 10 de abril de 2003).